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Impuestos sobre la propiedad en la Costa Blanca (Comunidad Valenciana)

El panorama fiscal en la Costa Blanca es distinto al de Tenerife, y ha cambiado recientemente a favor de los compradores, así que conviene conocer las cifras actuales en lugar de lo que se pudo haber escuchado hace uno o dos años.

Si estás comprando

Desde el 1 de junio de 2026, el tipo estándar de ITP se redujo del 10% al 9% para operaciones de hasta 1 millón de euros. Para propiedades por encima de 1 millón, el tipo se mantiene en el 11%.

Si compras obra nueva, se aplica el IVA al 10%, más el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) del 1,4%. El comprador también asume los gastos de notaría y del Registro de la Propiedad, igual que en Tenerife.

Por ejemplo, en una obra nueva de 300.000 €: el IVA al 10% suma 30.000 €, más el AJD al 1,4% (4.200 €), más notaría y registro, aproximadamente otros 3.500-4.000 €. Los gastos adicionales totales suelen rondar el 12-13% sobre el precio de la propiedad, notablemente más que en Canarias.

Así que ambas vías tienen la misma forma que en el resto de España, segunda mano frente a obra nueva, pero los porcentajes aquí son algo más altos que en Canarias, conviene tenerlo en cuenta desde el principio y no descubrirlo ante el notario.

Si estás vendiendo

Para los vendedores, el impuesto sobre ganancias patrimoniales funciona igual que en el resto de España: se calcula sobre el beneficio de la venta, con los no residentes pagando un 19% fijo, parcialmente retenido por el comprador en el momento de la venta (3% del precio de venta), mientras que los residentes fiscales declaran la venta en su declaración anual y tributan según una escala progresiva.

Los tipos del impuesto sobre ganancias patrimoniales en la venta de vivienda para 2026 son:

  • 19% hasta 6.000 €
  • 21% de 6.000 € a 50.000 €
  • 23% de 50.000 € a 200.000 €
  • 27% de 200.000 € a 300.000 €
  • 28% o 30% sobre el beneficio que supere ese umbral

Tipos reducidos de ITP al comprar

La normativa autonómica valenciana incluye toda una serie de reducciones fiscales que forman el tipo reducido de ITP, según la categoría del comprador, el destino de la vivienda y su precio.

Para compradores menores de 35 años, que adquieren su primera vivienda habitual:

  • Precio hasta 180.000 € → tipo del 6%
  • Precio superior a 180.000 € → tipo del 8%

Para propiedades vinculadas a actividad empresarial o profesional, también se aplica un tipo reducido específico.

Para familias numerosas, incluidas las familias monoparentales, siempre que la vivienda sea para residencia habitual:

  • Precio hasta 180.000 € → tipo del 3%
  • Precio superior a 180.000 € → tipo del 4%

Para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género, se aplica el mismo régimen que para familias numerosas:

  • Precio hasta 180.000 € → tipo del 3%
  • Precio superior a 180.000 € → tipo del 4%

Para personas con discapacidad, la reducción depende del grado reconocido oficialmente: 65% para discapacidad física o sensorial, 33% para discapacidad psíquica. La reducción solo se aplica a la parte de la propiedad adquirida por la persona con derecho a ella.

Por ejemplo, una familia con tres hijos compra su vivienda habitual por 165.000 €. Como el precio es inferior a 180.000 € y la familia es numerosa, se aplica el tipo del 3% en lugar del 9% estándar: 165.000 € × 3% = 4.950 €. Sin la reducción, el impuesto habría sido de 165.000 € × 9% = 14.850 €. La diferencia aquí es especialmente significativa, casi 10.000 €.

Una nota sobre el AJD

Además de los tipos principales, existe un tipo reducido del 0,1% de AJD al comprar una vivienda habitual o formalizar una hipoteca con ese fin, para categorías con derecho a ello (personas con discapacidad, familias numerosas). También hay un tipo incrementado del 2%, que se aplica en operaciones donde el vendedor renuncia a la exención de IVA.

No hace falta memorizar todo esto, pero conviene comprobar de antemano qué categoría aplica a tu situación, idealmente con el asesoramiento adecuado, para que la cifra ante el notario no sea una sorpresa.

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